viernes, 9 de noviembre de 2012

Practica 2

¿Que es lo maximo que puede recibir la pareja de hecho teniendo en cuenta las variables de sucesion testada/ intestada y sistema civil comun/ sistema foral vasco?


El articulo 9 de la Ley de Parejas de Hecho modifica la Ley de Derecho Civil Foral del Pais Vasco y establece que ''las parejas de hecho tendran la misma consideracion que las casadas.

Si hubiese testamento,  nos encontramos ante la siguiente normativa de derecho:
   1) Podran pactar que a la muerte de uno de ellos, el otro podra conservar en usufructo la totalidad de los bienes comunes.
   2) Podran disponer conjuntamente de sus bienes en un solo instrumento, mediante el testamento mancomunado o de hermandad, pudiendo ser revocado o modificado por los miembros de la pareja.
   3) Podran nombrarse reciprocamente comisario en el testamento o pacto sucesorio.

En el caso de que no existiese testamento, seguiriamos el articulo 18, que dice lo siguiente:
'El conyuge viudo tendra el usufructo de la mitad de todos los bienes del causante, si concurriere con descendientes o ascendientes. En defecto de ascendientes o descendientes, tendra el usufructo de dos tercios'.

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